lunes, 11 de noviembre de 2013

Ingenio de Agaete




 

Esta será mi propuesta para BIC, el ingenio de las candelarias en Agaete. Para declararlo BIC, seguiré el procedimiento indicado en el Decreto 111/2004 donde se reglamenta el procedimiento y declaración de régimen  jurídicos de los bienes de interés cultural. Según el art.2: “Podrán ser declarados Bienes de Interés Cultural del Patrimonio Histórico canario aquellos bienes que, o bien por los notorios valores históricos, arquitectónicos, artísticos, arqueológicos, etnográficos o paleontológicos que ostenten, o bien por los testimonios singulares de la cultura canaria que constituyan, puedan ser encuadrables en alguna de las categorías a que se refiere el artículo 18 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias (1).” Por lo tanto, nuestra propuesta cabe dentro de este ámbito. Es ahora cuando seguimos el procedimiento a seguir. La declaración de BIC podrá ser iniciada administrativamente por el cabildo insular, en este caso el de Gran Canaria, para después ser ratificado por la Comunidad Autónoma. En el articulo 4 empieza la documentación a presentar, en la que debe haber una memoria descriptiva sobre el bien, en la que se justifique el motivo por el que debe ser declarado Bic; después, mostrar un plano del inmueble y delimitarlo, justificando dicha delimitación; a continuación, mostrar una foto con las medidas indicadas; posibles afectados por la delimitación; indicar el título de propiedad. En caso de no reunir dichos requisitos, la administración pertinente reunirá al solicitante para que muestre la documentación que falta y haga su defensa, sino reúne la información suficiente, la administración rechazara la petición.  En el articulo 6 se describe como se llevan a cabo medidas de protección para el monumento, las mismas que podría tener un BIC, impidiendo todo tipo de obras o modificaciones que puedan afectar al monumento, a no ser que las obras sean realizadas por fuerza mayor (todo esto hablando de bienes inmuebles). En los siguientes artículos se recoge lo que es el examen del bien, mediante información del titular, o de técnicos cualificados (art. 7); teniendo como finalidad el realizar un informe por parte de dos instituciones competentes en el plazo de un mes (art.8). Después se llevara un plazo de trámite, por el que en un plazo de veinte días cualquier ciudadano puede presentar las alegaciones y documentos que estime oportuno. Finalmente, tras recabar toda la información posible y con todos los informes llevados por la administración, viene el momento de terminar el procedimiento con la declaración de BIC, mediante un Decreto del Gobierno de Canarias (publicado en el BOC). La tramitación de la declaración  de BIC es un proceso que tarda unos 12 meses, archivándose la propuesta en caso de no prosperar la iniciativa. Con los monumentos que prosperan, en ese caso son registrados en el registro canario de Bienes de Interés Cultural.







Es ahora cuando comenzamos la defensa: se trata de un ingenio azucarero que data del siglo XV, concretamente de 1486, cuando fue fundado por el conquistador Alfonso Fernández de Lugo, pero no es su valor histórico lo único importante, sino que forma parte de un modelo económico como el azucarero que fue la base económica de las islas durante los siglos XV y XVI. Esta economía azucarera comienza cuando la caña de azúcar llega a las islas de la mano de los conquistadores (en el caso de Gran Canaria de la mano de Pedro de Vera, conquistador y primer gobernador de la isla). Para el cultivo se usaron las tierras bajas de las islas de Gran Canaria, Tenerife, La Palma y La Gomera, cálidas, pero con agua disponible para el riego. Las plantas y obreros cualificados se trajeron de Madeira, donde ya se había implantado el cultivo. Para trabajar la caña de azúcar y en ausencia de población indígena (ya diezmada) se decide la importación de esclavos, ya sea mediante mercado o capturándolos (cabalgadas); la mayoría eran de origen berberisco o negros. Pero dentro de la economía azucarera, estamos tratando de un ingenio azucarero (también llamado “trapiche”) que constituye el conjunto de maquinas necesarias para el refinado del azúcar. Tanto el trapiche como los almacenes y demás instalaciones eran construidos por carpinteros y herreros especializados, a lo que hay que añadir el agua, el terreno, la madera… convirtiendo este proceso al capitalismo. Además, su coste dejaba la propiedad de los ingenios en pocas manos, como los comerciantes genoveses o algunos conquistadores. Pero era un proceso que pese a las inversiones, era muy rentable, recuperándose la inversión en pocos años. El proceso por el que pasaba el azúcar era el siguiente: “La fuerza motriz actuaba sobre las palas de una rueda de madera y su movimiento se transmitía a través de piezas de madera, reforzadas con hierro y cobre, a un cilindro que trituraba la caña. La fuerza motriz comúnmente empleada era la del agua, aunque existen referencias a ingenios movidos por caballos en el barranco de Guiniguada y en Moya…La molienda era contratada por los agricultores con los dueños de los ingenios, a cambio de la mitad del producto final. La primera operación a la que era sometida la caña, después de haber sido triturada en el molino, era el prensado…El jugo obtenido en el molino y la prensa era cocido hasta darle el temple deseado. El producto era vertido en las formas, recipientes de barro de forma cónica, donde cristalizaba y se purgaba de las mieles que goteaban por el orificio abierto del vértice. Luego se procedía a sacar el azúcar de los moldes y ponerlo a secar hasta que fuese examinado por el lealdador. De los residuos se obtenía el azúcar de espuma. Las mieles eran sometidas a nueva cocción y puestas en formas, quedando purgadas al perder en las remieles”.
En cuanto a la delimitación, esta hecha sobre el yacimiento, que se encuentra en un solar abandonado donde se iba a construir una urbanización, la de las Candelarias (de ahí el nombre del yacimiento. Y que esta partido por la carretera (la zona norte para los husos hidráulicos y la del sur para los industriales, de ahí que se incluya esta en la delimitación. En cuanto a la titularidad, es de propiedad privada, pero se están haciendo las gestiones para pasarla a titularidad pública.



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