Esta será mi propuesta para BIC, el ingenio de
las candelarias en Agaete. Para declararlo BIC, seguiré el procedimiento
indicado en el Decreto 111/2004 donde se reglamenta el procedimiento y
declaración de régimen jurídicos de los
bienes de interés cultural. Según el art.2: “Podrán ser declarados Bienes de Interés Cultural
del Patrimonio Histórico canario aquellos bienes que, o bien por los notorios
valores históricos, arquitectónicos, artísticos, arqueológicos, etnográficos o
paleontológicos que ostenten, o bien por los testimonios singulares de la
cultura canaria que constituyan, puedan ser encuadrables en alguna de las
categorías a que se refiere el artículo 18 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de
Patrimonio Histórico de Canarias (1).” Por lo tanto, nuestra propuesta cabe dentro de este
ámbito. Es ahora cuando seguimos el procedimiento a seguir. La declaración de
BIC podrá ser iniciada administrativamente por el cabildo insular, en este caso
el de Gran Canaria, para después ser ratificado por la Comunidad Autónoma. En
el articulo 4 empieza la documentación a presentar, en la que debe haber una
memoria descriptiva sobre el bien, en la que se justifique el motivo por el que
debe ser declarado Bic; después, mostrar un plano del inmueble y delimitarlo,
justificando dicha delimitación; a continuación, mostrar una foto con las
medidas indicadas; posibles afectados por la delimitación; indicar el título de
propiedad. En caso de no reunir dichos requisitos, la administración pertinente
reunirá al solicitante para que muestre la documentación que falta y haga su
defensa, sino reúne la información suficiente, la administración rechazara la
petición. En el articulo 6 se describe
como se llevan a cabo medidas de protección para el monumento, las mismas que
podría tener un BIC, impidiendo todo tipo de obras o modificaciones que puedan
afectar al monumento, a no ser que las obras sean realizadas por fuerza mayor
(todo esto hablando de bienes inmuebles). En los siguientes artículos se recoge
lo que es el examen del bien, mediante información del titular, o de técnicos cualificados
(art. 7); teniendo como finalidad el realizar un informe por parte de dos
instituciones competentes en el plazo de un mes (art.8). Después se llevara un
plazo de trámite, por el que en un plazo de veinte días cualquier ciudadano
puede presentar las alegaciones y documentos que estime oportuno. Finalmente,
tras recabar toda la información posible y con todos los informes llevados por
la administración, viene el momento de terminar el procedimiento con la
declaración de BIC, mediante un Decreto del Gobierno de Canarias (publicado en
el BOC). La tramitación de la declaración
de BIC es un proceso que tarda unos 12 meses, archivándose la propuesta
en caso de no prosperar la iniciativa. Con los monumentos que prosperan, en ese
caso son registrados en el registro canario de Bienes de Interés Cultural.
Es ahora cuando comenzamos
la defensa: se trata de un ingenio azucarero que data del siglo XV,
concretamente de 1486, cuando fue fundado por el conquistador Alfonso Fernández de Lugo, pero no es su valor histórico lo
único importante, sino que forma parte de un modelo económico como el azucarero
que fue la base económica de las islas durante los siglos XV y XVI. Esta
economía azucarera comienza cuando la caña de azúcar llega a las islas de la
mano de los conquistadores (en el caso de Gran Canaria de la mano de Pedro de
Vera, conquistador y primer gobernador de la isla). Para
el cultivo se usaron las tierras bajas de las islas de Gran Canaria, Tenerife,
La Palma y La Gomera, cálidas, pero con agua disponible para el riego. Las
plantas y obreros cualificados se trajeron de Madeira, donde ya se había implantado
el cultivo. Para trabajar la caña de azúcar y en ausencia de población indígena
(ya diezmada) se decide la importación de esclavos, ya sea mediante mercado o capturándolos
(cabalgadas); la mayoría eran de origen berberisco o negros. Pero dentro de la
economía azucarera, estamos tratando de un ingenio azucarero (también llamado
“trapiche”) que constituye el conjunto de maquinas necesarias para el refinado
del azúcar. Tanto el trapiche como los almacenes y demás instalaciones eran
construidos por carpinteros y herreros especializados, a lo que hay que añadir
el agua, el terreno, la madera… convirtiendo este proceso al capitalismo. Además,
su coste dejaba la propiedad de los ingenios en pocas manos, como los
comerciantes genoveses o algunos conquistadores. Pero era un proceso que pese a
las inversiones, era muy rentable, recuperándose la inversión en pocos años. El
proceso por el que pasaba el azúcar era el siguiente: “La fuerza motriz actuaba sobre las palas de una rueda de madera y su
movimiento se transmitía a través de piezas de madera, reforzadas con hierro y
cobre, a un cilindro que trituraba la caña. La fuerza motriz comúnmente
empleada era la del agua, aunque existen referencias a ingenios movidos por
caballos en el barranco de Guiniguada y en Moya…La molienda era contratada por
los agricultores con los dueños de los ingenios, a cambio de la mitad del
producto final. La primera operación a la que era sometida la caña, después de
haber sido triturada en el molino, era el prensado…El jugo obtenido en el
molino y la prensa era cocido hasta darle el temple deseado. El producto era
vertido en las formas, recipientes de barro de forma cónica, donde cristalizaba
y se purgaba de las mieles que goteaban por el orificio abierto del vértice.
Luego se procedía a sacar el azúcar de los moldes y ponerlo a secar hasta que
fuese examinado por el lealdador. De los residuos se obtenía el azúcar de
espuma. Las mieles eran sometidas a nueva cocción y puestas en formas, quedando
purgadas al perder en las remieles”.
En cuanto
a la delimitación, esta hecha sobre el yacimiento, que se encuentra en un solar
abandonado donde se iba a construir una urbanización, la de las Candelarias (de ahí el nombre del yacimiento. Y que esta partido por
la carretera (la zona norte para los husos hidráulicos y la del sur para los industriales, de ahí que se incluya esta en la delimitación. En cuanto a la titularidad, es de propiedad privada, pero se están haciendo las gestiones para pasarla a titularidad pública.
Bibliografía:
- Aznar; E.: “La organización económica de las Islas Canarias después de la conquista (1478-1527)”, Colección “Guagua”, Las Palmas de Gran Canaria, 1979, pp. 42-44.
- AAVV.: “Historia de las Islas Canarias”, Cabildo Insular de Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canaria, 1995.
- http://www.canarias7.es/articulo.cfm?Id=301702
- http://www.laprovincia.es/sociedad/2013/10/12/cabildo-negocia-terrenos-ingenio-agaete/563889.html
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